La regla cambió, y muchos todavía no lo saben
Con la Ley 2486 de 2025, circular en una moto eléctrica en Colombia dejó de ser una zona gris. Si tu vehículo tiene características de motocicleta, ya hay reglas claras — y multas concretas si no las cumples.
Lo que ahora es obligatorio
- Licencia de conducción categoría A1.
- SOAT vigente.
- Revisión técnico-mecánica vigente.
- Equipo de protección: casco certificado, chaqueta reflectiva y guantes.
- Circular por la calzada vehicular — queda prohibido andar por andenes, zonas peatonales o ciclorrutas.
La excepción: vehículos eléctricos ligeros
No todo equipo eléctrico de dos ruedas entra en esta exigencia. Si tu vehículo cumple al menos una de estas dos condiciones, no necesita matrícula, SOAT ni licencia:
- Pesa 60 kilogramos o menos, incluyendo la batería.
- Su velocidad máxima no supera los 40 km/h.
Las multas si no cumples
- Conducir sin licencia o sin SOAT vigente: cerca de $1.750.000 COP (30 salarios mínimos diarios legales).
- Sin revisión técnico-mecánica: cerca de $875.452 COP (15 salarios mínimos diarios legales).
- Licencia vencida o no portarla: cerca de $466.000 COP (8 salarios mínimos diarios legales).
A esto se suman los costos de inmovilización del vehículo en los patios, si la autoridad de tránsito decide retenerlo.
"La moto eléctrica no se salvó de las reglas de tránsito — solo tiene una puerta de salida para los equipos realmente livianos."
Ten tus documentos en orden, sin cargar papeles
Con la app de Parmotor puedes guardar los documentos de tu moto (SOAT, técnico-mecánica) en tu Garaje Virtual y recibir alertas antes de que vengan vencidos — para que nunca te agarre una de estas multas por descuido.